Proyecto de ley propone regulación y control de Airbnb en el país

El alquiler de viviendas por plataformas digitales como Airbnb y Booking quedaría sujeto a un régimen de registro obligatorio, cumplimiento tributario y supervisión estatal, según establece el proyecto de ley que crea la Superintendencia de Condominios que, entre otros aspectos, regularía la renta corta dentro de residenciales en el país.

La iniciativa es autoría del diputado Tobías Crespo, de la Fuerza del Pueblo, y dedica un capítulo completo a los condominios de renta corta, condiciona la legalidad de esta actividad a una autorización expresa del reglamento interno de cada condominio, y dispone la inscripción en registros oficiales y el cumplimiento de obligaciones fiscales, además de facultar al Estado a suspender o cancelar la operación de unidades que incumplan las normas de convivencia.

El proyecto define como renta corta el alquiler habitual de espacios por períodos cortos o medianos, ya sea de forma individual mediante plataformas digitales o a través de esquemas de administración centralizada, reconociendo el derecho del propietario a disponer de su inmueble, pero subordinándolo al derecho a la tranquilidad de la comunidad, la seguridad y el orden residencial.

Uno de los ejes de la propuesta es la creación del Registro Nacional de Condominios Rentistas y de Renta Corta, que estaría bajo la administración de la Superintendencia de Condominios, en la cual deberán inscribirse tanto los condominios que permitan este tipo de alquiler como las unidades ofertadas, a las que se les asignará un código único.

En su artículo 22, el proyecto establece que la inscripción en este registro “será un requisito indispensable” para la legalidad de la actividad.

Control fiscal

En materia fiscal, la iniciativa dispone que todo propietario o condominio que destine unidades a renta corta deberá estar inscrito en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y emitir comprobantes fiscales conforme al Código Tributario.

El cumplimiento de estas obligaciones, según consta en el artículo 23 del proyecto, se establece como condición para operar legalmente, sin crear nuevos tributos, pero integrando la actividad de Airbnb o Booking a un sistema de control de impuestos.

Además del aspecto tributario, el proyecto exige que la renta corta solo pueda realizarse cuando el reglamento del condominio la autorice expresamente y establezca reglas claras sobre aforo, horarios, uso de áreas comunes y protocolos de convivencia.

La pieza legislativa también impone el cumplimiento de normas de seguridad, salubridad y prevención de riesgos, así como la contratación de seguros que cubran daños a bienes comunes y riesgos asociados a la actividad de hospedaje, de acuerdo con el artículo 23 de la propuesta.

Daños y sanciones

La propuesta asigna responsabilidad directa a los propietarios por los daños, ruidos o conductas indebidas de sus huéspedes, y obliga a las administraciones de los condominios a implementar controles de ingreso y salida para evitar molestias o aglomeraciones.

En los casos de incumplimientos reiterados, la Superintendencia de Condominios podrá ordenar medidas correctivas o la suspensión temporal de la actividad rentista, según establece el artículo 24 de la pieza.

El proyecto también prohíbe que los condominios residenciales operen como “hoteles encubiertos”, entendidos como aquellos donde exista alquiler masivo de unidades, administración centralizada con servicios propios de hospedaje u otras prácticas que desvirtúen la naturaleza residencial del inmueble.

La práctica de “hotel encubierto”, según el artículo 25, podrá ser sancionada con multas, suspensión o cancelación del registro y, en casos graves, la clausura del espacio.

Supervisión de la renta corta

La supervisión de la renta corta recaería en la Superintendencia de Condominios en coordinación con la DGII, el Ministerio de Turismo y los ayuntamientos, y las sanciones se aplicarán garantizando el debido proceso y el derecho de defensa.

 

Poder Ejecutivo buscó control, pero reculó

Este mismo año, a través del decreto 30-25, el Poder Ejecutivo buscó la creación de un reglamento para aplicar el impuesto sobre transferencia de bienes industrializados y servicios (Itbis) a las plataformas digitales, entre las que se incluía Airbnb.

La orden del Gobierno fue firmada en enero y entraría en vigencia seis meses después, pero el Poder Ejecutivo eliminó el decreto en abril cuando fue divulgado por Diario Libre.

Alojamientos alternativos

De acuerdo con Jacqueline Mora, viceministra técnica del Ministerio de Turismo, la República Dominicana cuenta con 136,000 habitaciones disponibles que pertenecen a alojamientos no hoteleros, impulsados a través de Airbnb, lo que ha generado, a su juicio, la necesidad de regulaciones que garanticen calidad y seguridad para los turistas.

Por

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *