La minería de materiales aluviales -arena, grava, gravilla y piedra- es una de las actividades más transversales para el desarrollo nacional. De ella dependen las viviendas, las obras de infraestructura, los proyectos de agua potable y las cadenas de valor que impulsan el empleo y la economía local.
Su importancia, sin embargo, va más allá de lo económico: representa un compromiso con el desarrollo territorial, la sostenibilidad ambiental y la formalidad productiva. El sector formal asume que no hay progreso legítimo si no está sustentado en la ley, la ética y el equilibrio ambiental.
Hoy, el desafío exige hablar con cifras. De acuerdo con estimaciones citadas por la prensa a partir de declaraciones del Ministerio de Medio Ambiente, el mercado de áridos (legales e ilegales) puede mover alrededor de US$1,000 millones al año, equivalente a más de 50 millones de metros cúbicos de arena.
Inspirado en el Informe Brundtland (1987), el empresariado minero dominicano busca operar dentro de un modelo donde rentabilidad económica, justicia social y protección del entorno sean pilares inseparables.
La Constitución dominicana ofrece un marco claro para esta visión: el principio de razonabilidad y proporcionalidad (art. 40.15) y el derecho a un medio ambiente sano y el deber estatal de promover el uso sostenible de los recursos (arts. 66 y 67) deben sostener una regulación firme, técnica y coherente.
Aportes de la minería no metálica: beneficios tangibles para el país
Cuando hablamos de minería, a menudo pensamos en metales. Pero la minería no metálica —áridos, calizas, yeso, mármol, sal y otros materiales industriales— es la columna vertebral de la infraestructura nacional y del día a día de la economía productiva.
En términos prácticos, esta actividad sostiene la construcción de viviendas, carreteras, puentes, acueductos, hospitales y escuelas. Sin un suministro estable y formal de agregados y materias primas, las obras se encarecen, se retrasan y se deteriora la competitividad del país.
Sus aportes se traducen en beneficios concretos:
• Estabilidad de precios y continuidad de obras: al garantizar oferta trazable y de calidad, se reducen interrupciones y sobrecostos en proyectos públicos y privados.
• Encadenamientos locales: cada operación formal activa transporte, talleres, repuestos, combustible, servicios y compras locales, fortaleciendo economías municipales.
• Empleo formal y mayor productividad: la formalidad eleva estándares de seguridad, capacitación y rendimiento, y se refleja en mejores salarios y cobertura de seguridad social.
• Ingresos fiscales y responsabilidad territorial: la operación regulada contribuye con impuestos y tasas, y facilita que parte de la renta se convierta en inversión pública y social donde se produce la actividad.
• Menor costo ambiental futuro: la extracción bajo reglas incorpora manejo de cauces, mitigación y restauración, evitando que el Estado y las comunidades asuman luego el costo de reparar daños.
En el plano macroeconómico, la industria minera muestra su capacidad de aportar divisas e ingresos públicos: en 2025 (ene–sep) la inversión extranjera directa del sector fue de US$556 millones (14% del total), las exportaciones mineras se ubicaron alrededor de US$2,700 millones y las recaudaciones fiscales de la minería crecieron 109% frente al mismo periodo del año anterior. Estos resultados dependen de un marco regulatorio que premie la formalidad; y ese mismo principio debe aplicarse con firmeza a los materiales no metálicos y, en especial, a los agregados aluviales.
Esta perspectiva económica no pretende justificar prácticas irresponsables. Al contrario: refuerza la idea central de este artículo: sin legalidad, sin controles ambientales y sin reglas claras, la minería no metálica pierde su capacidad de generar bienestar y se convierte en riesgo para el territorio.
Competencia desleal y distorsión del desarrollo
El artículo 50 de la Constitución garantiza la libertad de empresa y la competencia leal, mientras los artículos 217 y 218 ordenan que el régimen económico se fundamente en la justicia social, la armonía entre trabajo y capital, y se oriente al desarrollo humano sostenible.
La minería ilegal o informal, al operar sin permisos ni controles ambientales, vulnera esos principios. Las llamadas “granseras” clandestinas venden materiales a precios artificialmente bajos porque no pagan impuestos, no cumplen regulaciones ni restauran los cauces degradados.
Esto provoca una competencia desleal que castiga a quien cumple y premia al que evade. Ese fenómeno se expresa con crudeza en el precio. En el mercado informal, el metro cúbico puede venderse entre RD$500 y RD$1,500, mientras que en el sector legal ronda entre RD$1,800 y RD$2,200.
El diferencial no responde a una “eficiencia” productiva superior, sino a una ventaja ilegítima basada en evasión fiscal, incumplimiento regulatorio, informalidad laboral y ausencia de obligaciones de manejo, mitigación y restauración ambiental.
A ello se suma la escala: se ha reportado que algunas canteras extraen hasta 12,000 m³ por día, lo que vuelve inaplazable una trazabilidad real y una fiscalización técnica efectiva.
Las consecuencias son múltiples: económicas, por la pérdida de ingresos fiscales y la erosión de la inversión responsable; ambientales, por la destrucción de riberas y ecosistemas fluviales; y sociales, porque perpetúan empleo precario y comunidades dependientes de la informalidad.
Por ello, combatir la minería ilegal no es defender un sector: es defender el Estado de derecho y la equidad económica.
Cuando la ilegalidad se vuelve costo público
La extracción irregular no solo distorsiona el mercado: también traslada costos a la sociedad. La prensa ha recogido que, en 2022, el Gobierno anunció una inversión de más de RD$133 millones para adecuación del río Nizao y prevención de inundaciones.
Ese tipo de gasto ilustra una verdad incómoda: la degradación ambiental termina convirtiéndose en factura pública.
Y cuando la economía ilegal se protege con violencia, el daño se agrava. También se reportan episodios de extorsión a denunciantes por montos como RD$33,000, en contextos asociados a amenazas armadas.
Permisos provisionales: un riesgo institucional
Una de las prácticas que más ha afectado la estabilidad del sector es el uso recurrente de permisos provisionales. Aunque concebidos como mecanismos excepcionales, su prolongación en el tiempo ha creado una zona gris: empresas que operan sin certeza jurídica, sin plan de cierre ni monitoreo ambiental adecuado.
Esta provisionalidad perpetua fomenta la discrecionalidad administrativa, erosionando la confianza entre Estado, empresa y ciudadanía. Desde el principio de razonabilidad, los permisos deben ser definitivos, técnicamente justificados y plenamente fiscalizables. Solo así se evita que la informalidad se legitime bajo la apariencia de temporalidad.
Equilibrio entre protección y desarrollo
La protección ambiental no se opone al desarrollo económico: es su condición de permanencia. El principio precautorio (art. 67) y el principio de proporcionalidad (art. 40.15) deben interpretarse de forma complementaria: la precaución exige prevenir el daño, y la proporcionalidad demanda hacerlo con medidas basadas en evidencia científica y sin desincentivar la formalidad productiva.
Una política ambiental eficaz no criminaliza la actividad económica responsable: distingue entre el que cumple y el que destruye.
El desarrollo sostenible no depende solo de leyes o licencias, sino de educación institucional y corresponsabilidad social. La minería formal ha asumido compromisos tangibles: restauración de suelos, manejo de aguas, capacitación comunitaria y trazabilidad productiva.
Los medios, la academia y las organizaciones sociales también tienen un rol esencial: educar, fiscalizar y acompañar, no solo criticar. El futuro de la minería no se construye desde la desconfianza, sino desde el diálogo informado.
La corrupción: la contaminación más profunda
No hay nada que afecte más al medio ambiente que la corrupción. La corrupción contamina más que el lodo y causa más estragos que la intervención física del terreno: corrompe la confianza pública, erosiona la institucionalidad y perpetúa la pobreza, no solo material sino también espiritual.
La lucha contra la minería ilegal y la discrecionalidad administrativa no es una causa empresarial: es una causa ética y nacional.
Construir confianza, no tolerancia
Erradicar la informalidad, garantizar la competencia justa y desterrar la corrupción no son demandas sectoriales: son deberes patrióticos. Porque cada metro cúbico extraído legalmente y con responsabilidad es un acto de respeto hacia la ley, hacia el ambiente y hacia el futuro del país.
La sostenibilidad solo es posible con legalidad, y la legalidad solo se sostiene sobre la ética. Cuando la ética se erosiona, surge la peor forma de pobreza: la que merma el espíritu nacional.
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